martes, 10 de septiembre de 2019

DACION EN PAGO (Datio In solution)



¿Qué será la dación de pago?


Conocido también como pago en especie.

¿Qué es pago en especie?

Viene a ser el cumplimiento de la obligación, el pago de una obligación, con una cosa distinta al dinero, paga con otra cosa, con aceptación del acreedor. El acreedor va a ser el que acepte el pago. Si éste no acepta entonces no hay pago. Ejemplo típico es que yo debo 1,000 soles, no tengo para pagar, viene el acreedor y quiero pagarle, entonces le doy mi refrigeradora en pago o el televisor, etc. La Dación en Pago significa el cumplimiento de una obligación con una cosa distinta, siempre y cuando el acreedor acepte.

Esto va en contra de uno de los Principios del Pago, cuando hablamos de las condiciones del Pago señalamos que habían dos condiciones, la segunda es en la forma pactada llamado el Principio de Identidad.

Principio de identidad.- Se paga lo que se debe, ¿y qué es lo que debo? lo que se ha pactado, sin embargo, aquí las partes están variando ese contenido, están aceptando el pago que realicen, una cosa por otra.

Requisitos

1. Debe haber una obligación que se extingue, acaba, termina.

2. Debe haber una nueva prestación, no una nueva obligación sino un nuevo objeto, una nueva prestación con animus solvendi, es decir, con intención de extinguir la obligación anterior. Por qué yo debo mil soles y estoy entregando la refrigeradora para ya no deberlo, para extinguir la obligación.

3. Diferencia entre la antigua y la nueva prestación, es decir, que no deben ser iguales, ¿por qué razón?, porque si le debo al señor 1,000 nuevos soles yo puedo pagarle con 10 billetes de 100 o con 50 billetes de 50, al final es lo mismo, o con 5 billetes de 200, ahí no hay Dación en Pago ¿por qué? Por qué es la misma cosa, la misma naturaleza sólo hay una diferencia.

4. Consentimiento de las partes, acuerdo de las partes. Si las partes crearon la obligación, ellos son los únicos que pueden modificarla y por lo tanto la Dación en Pago sólo puede existir si el acreedor acepta la Dación en Pago, si el acreedor no acepta entonces tiene que cumplirse como originalmente estaba pactado, no hay posibilidad de hacer dos pagos.

5. Cumplimiento inmediato, es decir, todo va a suceder en un acto continuado, en un solo acto sin interrupción. Viene a cobrar los mil soles, le digo no tengo los mil soles pero te doy la refrigeradora, en ese acto se acepta que se pague con la refrigeradora, en ese momento debe de llevársela y asunto terminado ya está pagado por que si en ese acto no se lleva la refrigeradora todavía la obligación sigue viva, entonces, el dar el producto es acabar, terminar con la obligación.

Además en el Código Civil de 1984 se prefirió eliminar del Código Civil la Dación en Pago bajo los argumentos que aceptarse el cambio del objeto es otra figura llamada Novación, es cambiar el objeto y por lo tanto ahora estoy debiendo otra cosa y al cambiar el objeto no tiene ninguna razón de ser de hablar de una Dación en Pago, pero no la Dación en Pago es pago es una cosa distinta, es el cumplimiento de una obligación, pero es el cumplimiento mediato, terminar con la obligación.

GLF – ABOGADOS

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